La protección jurídica en los fabricantes de bases de datos en el Derecho comunitario y en el Derecho español.
DOI:
https://doi.org/10.3989/redc.2000.v23.i1.317Palabras clave:
derecho sui generis, fabricante, productor, bases de datos, inversiones sustanciales, parte sustancial, usuarios legítimosResumen
El artículo trata de la protección, mediante el derecho sui generis, de las inversiones sustanciales o importantes del fabricante o productor de las bases de datos tanto electrónicas como no electrónicas. Por ello, define el término de «inversión sustancial», el de «fabricante» y los de «extracción», «reutilización» y «parte sustancial» (ya que estos términos forman parte del contenido del derecho sui generis); analiza la independencia de este derecho de los derechos de autor de una base de datos, de modo que los fabricantes o productores de una base de datos no original pueden estar protegidos por este derecho especial; y estudia los derechos y obligaciones del usuario legítimo de una base de datos, y, finalmente, las excepciones o limitaciones del derecho sui generis.
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